Abogados especialistas en delitos contra la salud pública

Delitos contra la salud pública

El art.-43 de la Constitución Española establece que compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas, prestaciones y servicios necesarios. En este marco jurídico se enclava la lucha contra las drogas y su regulación.

 

Los delitos contra la Salud Pública comprenden todas aquellas conductas que inciden de forma negativa en la colectividad, afectando a la salud pública y a la salud individual de las personas que forman parte de una sociedad.

Equipo profesional

De ingenieros agrónomos, peritos forensics, de especialistas universitarios en tóxicos y análisis de sustancias prohibidas.

 

Nos ayudarán a defender nuestra postura ante los tribunales, y de avalar con datos objetivos y científicos las investigaciones necesarias a favor de su inocencia.

Urgencias 24 horas

Este tipo delictivo denominado Grooming o ciber ataque de carácter sexual mediante internet se configura como un tipo de corrupción de menores que tiene Contamos con un equipo activo de letrados y otros profesionales de intervención rápida esperando a atender aquellas situaciones urgentes que se planteen.

Defensa en los tribunales

Actuamos en los Juzgados de guardia, en los Juzgados de Instrucción, Penales, Audiencia Provincial, TSJ y Supremo, defendiendo los intereses de nuestros representados.

 

Nos encargamos de someter a criterio judicial la intervención policial en materia de salud pública y someter a la decisión judicial el pesaje de sustancias, las entradas y registros, la intervención de las comunicaciones, seguimientos y escuchas, cadenas de custodia de material intervenido, entre otros.

Investigación Policial

Por desgracia, las irregularidades en las actuaciones policiales y del personal de laboratorios, farmacias e Instituto de toxicología son más habituales de lo que deberían ser.

 

Las irregularidades más habituales suelen recaer en:

 

  • La cadena de custodia del material intervenido
  • Los protocolos para muestreo y partes a analizar
  • El rigor científico de las analíticas realizadas y la presentación de sus resultados
  • El material utilizado para el cribado y el pesaje
  • Errores en la determinación del peso neto del material intervenido
  • Valoraciones económicas sobredimensionadas o desorbitadas de aquello incautado.

Tráfico de Drogas

De acuerdo con la Convenio de 1961 de las Naciones Unidas sobre estupefacientes, vigente en 185 estados, se entiende como tal cualquiera de las sustancias incluidas en las listas del Convenio. Tales como la cocaína, cannabis y su resina, fentanil, heroína, opio, oxicodona, y otras que se pueden consultar en este enlace. En la misma órbita, el Convenio de Viena sobre Sustancias psicotrópicas de 1971 fiscaliza unas 130 sustancias que pueden apreciarse en el siguiente Enlace.

 

Los delitos relacionados con el tráfico de estas sustancias se regulan en los arts.- 368 a 378 del Código Penal.

 

El delito de tráfico de drogas lo cometen aquellas personas que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines.

 

La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha venido estableciendo que las formas de participación relativas al favorecimiento o facilitación del tráfico prohibido son constitutivas de delito.

Medicamentos químicos, alimentos

Los artículos que van desde el 359 hasta el 367 del Código Penal tipifican como conductas prohibidas:

 

  • La elaboración, el suministro o comercio de sustancias o productos químicos nocivos para la salud.
  • Elaboración, depósito, alteración y comercio de productos médicos sin autorización.
  • Elaboración de documentos falsos en relación a productos sanitarios y comercio de los mismos.
  • La prescripción, suministro, comercio, ofrecimiento de fármacos o sustancias a deportistas.
  • La producción, distribución, comercio de productos alimentarios que pongan en grave peligro la salud de los consumidores.
  • Adulterar con aditivos prohibidos los alimentos, sustancias o bebidas destinados al comercio.

 

Estos delitos admiten formas imprudentes de comisión. La retribución imprudente se castigará con menos pena.

Organización y Grupo criminal

Con el objetivo de combatir todas las formas de criminalidad organizada, se ha regulado en el art.-570 los delitos de pertenencia a Organización criminal o grupo criminal y en concreto se castiga:

 

  • Promover, constituir, organizar, coordinar, dirigir y cualquier tipo de participación activa.

 

Para que se pueda dar el delito de Organización criminal deben concurrir los siguientes requisitos:

 

  • Deben ser dos o más personas
  • Deben tener una cierta jerarquía
  • Carácter estable o permanente
  • Debe haber un reparto de papeles/roles
  • Con finalidad delictiva

 

La diferencia entre Organización criminal y Grupo criminal radica en la existencia de una estructura organizativa y una vocación de permanencia. A falta de alguna de estas dos, nos encontraremos con un Grupo Criminal.

Política de Honorarios

Contamos con toda la financiación que usted necesita para cada caso concreto.

 

Se presupuestará el encargo en función de los cargos que pesen sobre usted, la dificultad de los mismos y la extensión de los delitos.