COLISIONES EN CADENA – ACCIDENTE MÚLTIPLE
Uno de los accidentes más habituales según el Observatorio Nacional de Seguridad Vial t la DGT son las colisiones traseras y múltiples.
Solo en 2019 hubo 21.542 colisiones con víctimas. 146 fallecidos, 789 hospitalizados y heridos y 33696 no hospitalizados.
En un accidente en cadena, hay dos tipos de colisión por alcance. Si es una u otra será determinante para resolver sobre la responsabilidad del siniestro y quien asume las consecuencias económicas del mismo.
TIPOS
Alcance por lanzamiento: Que se produce cuando el vehículo que le precede no frena a tiempo, colisiona contra el suyo y proyecta su vehículo hacia delante provocando el impacto con el vehículo de delante.
Doble alcance trasero: que se produce cuando su vehículo impacta con el delante, el vehículo que le precede impacta por detrás y vuelve a impactar con el vehículo de delante (doble colisión).
RESPONSABILIDAD
El artículo 54 del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo establece bajo la rubrica:
Distancia entre vehículos:
“1. Todo conductor de un vehículo que circule detrás de otro deberá dejar entre ambos un espacio libre que le permita detenerse, en caso de frenado brusco, sin colisionar con él[…]”,
Aplicando la máxima legal anterior:
En el primero de los casos la responsabilidad recae sobre el primero que impacta y lanza los demás.
En el segundo, se distribuirán las responsabilidades en cuotas porcentuales de los dos que impactan respecto del vehículo primero.
La Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona Nº635/2011, de 14 de diciembre de 2011, Seccc.- 4ª aborda un caso de colisión por lanzamiento y su responsabilidad:
“Quien alega un desplazamiento debe acreditarlo, siendo normal general la de que se responde por los daños ocasionados al vehículo que precede en la conducción.
Así, en los supuestos de colisiones en cadena se parte de la premisa de que cada uno de los vehículos colisiona contra el que le precede por la negligencia de su propio conductor, salvo que acredite cumplidamente que ese alcance fue exclusiva consecuencia del impacto a su vez recibido del vehículo que circula detrás.”[…]
Así, la juzgadora de instancia considera acreditado que DON David, al no emplear la suficiente atención en la conducción, no tuvo tiempo para frenar y colisionó con el vehículo conducido por DON Gervasio, y lo lanzó contra la CITROEN JUMPER, por lo que deberá responder de los daños causados en la parte trasera del vehículo conducido por el SR. Sebastián contra el que se vio impulsado el del SR. Gervasio, por lo que el SR. David y la entidad AXA deben responder solidariamente de los daños causados en la parte trasera de la CITROEN JUMPER.[…]”
En cuanto al segundo tipo de alcance trasero se pronuncia la Sentencia de la Audiencia Provincial de Toledo 60/2015, de 03 de marzo de 2015, Secc.- 1ª, con el siguiente tenor:
«[…] Pues bien, en este caso entiende la Sala que efectivamente se ha prescindido de valorar en la sentencia una prueba que a tenor de la mecánica del accidente (colisión en cadena) resulta muy clarificadora en estos casos acerca de la forma de producirse este tipo de golpes por alcance, cual es la declaración del ocupante u ocupantes del primer vehículo colisionado, en este caso tres personas, acerca de cuantos impactos notaron en su vehículo, ya que si solo se nota uno, es porque el vehículo que les sigue se ha detenido a tiempo, sin colisionar, y es colisionado por un tercero lanzándolo hacia delante, notando por tanto un solo golpe, en tanto que si se sienten dos impactos sucesivos es porque el segundo vehículo primero les colisiona y a su vez luego es colisionado por el tercero, proyectándolo una segunda vez contra el primero que generalmente percibe un segundo impacto más leve.
Tal es lo ocurrido en este caso, en que tras el visionado del juicio en esta alzada se observa como las tres ocupantes del Renault Scenic notaron un primer impacto muy fuerte y un segundo o sucesivos golpes más leves, lo que es claramente indicativo de que el segundo vehículo golpea primero y luego es colisionado y lanzado hacia delante. […]»