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ACTUALIZACIÓN BAREMO 2026

FUNDAMENTO JURÍDICO

 

El Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre (reformado por la Ley 35/2015, de 22 de septiembre), prevé que las cuantías y límites fijados en la Ley del Baremo se actualizan automáticamente con efecto a 1 de enero de cada año en el porcentaje del índice de revalorización de las pensiones previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. 

 

«Artículo 49 Actualizaciones.- 

  1. A partir del año siguiente a la entrada en vigor de esta Ley, las cuantías y límites indemnizatorios fijados en ella y en sus tablas quedan automáticamente actualizadas con efecto a 1 de enero de cada año en el porcentaje del índice de revalorización de las pensiones previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. 
  2. No obstante, las tablas de lucro cesante y de ayuda de tercera persona, por su naturaleza, se actualizan conforme a las bases técnicas actuariales. Asimismo la tabla de gasto de asistencia sanitaria futura se actualiza, en su caso, de acuerdo con lo que establezca en los convenios sanitarios que suscriban con los servicios públicos de salud según lo establecido en el artículo 114, y teniendo en cuenta la variación de los costes soportados por los servicios sanitarios. 
  3. La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones hará públicas por resolución las cuantías indemnizatorias actualizadas para facilitar su conocimiento y aplicación». 

 


ACTUALIZACIÓN AÑO 2026

 

Este año 2026 se ha publicado el Real Decreto Ley 3/2026, de 3 de febrero, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social en su artículo 2 establece con carácter general una revalorización del 2,7 %. 

No obstante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones ha publicado la Resolución de 3 de febrero de 2026, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones actualizadas del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación con fecha de BOE 18 de febrero de 2026. 

En la Resolución publicada por la DGSFP se actualizan las cantidades aplicando una leve corrección del 0,03% alcanzando la cuota final del 2,9%.

 


TABLAS INDEMNIZATORIAS 2026

 

Así, tras la revalorización publicada, las cuantías de indemnización por lesiones temporales serían: 

 

La revalorización propuesta se acoge a los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) en el índice general de precios al consumo del año anterior (2025). 


Puede consultar las cuantías del año 2025 aquí.